El título de Máster en Profesorado en Educación Secundaria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas pretende ofrecer una formación psicopedagógica rigurosa, acorde con las necesidades del sistema educativo actual y con las características de un aprendizaje profesional de calidad. Tiene como objetivo general proporcionar una formación profesionalizadora para todos los graduados que quieran dedicarse a la docencia en las diversas áreas de la educación secundaria. El Máster se plantea desde la perspectiva del núcleo de las funciones, necesidades y exigencias del ejercicio profesional en nuestro sistema educativo y en la sociedad actuales. Por esto pretende capacitar al futuro profesorado para que pueda enseñar los contenidos del área de conocimiento en que se ha formado, actuar profesionalmente como miembro de un equipo docente y ejercer de facilitador del aprendizaje integral del alumnado, asumiendo las funciones tutoriales y de orientación.
Desde la Universidad de Castilla La Mancha se pretende lograr una formación inicial para la docencia en Secundaria, que se convierta en un modelo de referencia para la formación universitaria de los futuros profesionales de la enseñanza secundaria, que se fundamenta tanto en nuestra experiencia en el desarrollo del CAP, como en las directrices del Ministerio de Educación y que se enmarca en las orientaciones del Espacio Europeo de Educación Superior
SE INFORMA, de acuerdo con la aclaración recibida del Ministerio de Educación, que el título profesional de especialización didáctica y el Certificado de Cualificación Pedagógica (CAP), organizados por las universidades, los títulos de maestro y de licenciado en pedagogía y psicopedagogíay los de quienes estén en posesión de licenciatura o titulación equivalente que incluya formación pedagógica y didáctica, obtenidos antes del 1 de octubre de 2009, acreditarán la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el artículo 100.2 de L.O. 2/2006, de Educación. Por tanto, no será necesario que cursen el presente Máster para presentarse a las oposiciones.
Por otra parte y de acuerdo con lo establecido en la disposición transitoria cuarta del citado Real Decreto 1834//2008, a quienes acrediten haber impartido, hasta el término del curso 2008-2009, docencia durante dos cursos académicos completos o, en su defecto, 12 meses en períodos continuos o discontinuos, en centros públicos o privados de enseñanza reglada debidamente autorizados, en las enseñanzas de Educación secundaria obligatoria o de Bachillerato, se les reconocerá dicha docencia como equivalente a la formación pedagógica y didáctica establecida en el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006